Una persona es un ser capaz de
vivir en sociedad y que tiene sensibilidad, además de contar con inteligencia y
voluntad, aspectos típicos de la humanidad. Para la psicología, una persona es
alguien específico (el concepto abarca los aspectos físicos y psíquicos del
sujeto que lo definen en función de su condición de singular y único).
En el ámbito del derecho, una
persona es todo ente que, por sus características, está habilitado para tener
derechos y asumir obligaciones. Por eso se habla de distintos tipos de
personas: personas físicas (como se define a los seres humanos) y personas de
existencia ideal o jurídica (grupo donde se agrupan las corporaciones, las
sociedades, el Estado, las organizaciones sociales, etc.).
Las personas físicas o naturales
están contempladas desde un concepto de naturaleza jurídica que fue elaborado
por juristas romanos. En la actualidad, las personas físicas cuentan, por el
solo hecho de existir, con diversos atributos reconocidos por el derecho.
Las personas jurídicas o morales
son aquellos entes que, para llevar a cabo ciertos propósitos de alcance
colectivo, están respaldados por normas jurídicas que les reconocen capacidad
para ser titulares de derechos y contraer obligaciones.
Por último, cabe destacar que se
denomina como persona gramatical al rasgo gramatical básico que reflejan los
denominados pronombres personales. Esta propiedad brinda la posibilidad de
regular el modo deíctico que se requiere para determinar qué rol ocupan el
hablante, los oyentes y el resto de los involucrados en la estructura de la
predicación. En el idioma español, existen tres personas gramaticales en
singular y otras tres personas en plural.